miércoles, 17 de junio de 2009

IMPORTANTE: Terrenos de la UNCuyo, apropiados ilegalmente por los Vila.


Desde hace 23 años, el Gobierno Nacional y la Universidad Nacional de
Cuyo, mantienen un litigio con Alfredo Vila (hoy lo siguen sus herederos).
Vila demandó al Poder Ejecutivo Nacional por USUCAPION (adquisición por el
paso del tiempo) pretendiendo casi 32 hectáreas de terreno que pertenecen
a la Universidad.

Las actuaciones judiciales se encuentran radicadas hoy en la Corte Suprema
de Justicia de la Nación, debido a los recursos interpuestos tanto por el
Estado Nacional, con la debida intervención de representantes del
Ministerio de Educación de la Nación, y la UNCuyo.

Los sucesores del señor Vila persiguen en este juicio que se declaren
adquiridos por prescripción los terrenos ubicados al Oeste de la Avenida
Champagnat que constan de una superficie de 31 hectáreas 9124 metros
cuadrados y 53 decímetros cuadrados. Invoca la posesión sobre los terrenos
para sí mismo.

Este terreno fue cedido por el Estado Nacional a la UNCuyo y pertenece al
título denominado Polígono de Tiro, una franja de terreno comprendido
entre dos líneas paralelas en un ancho de 200 metros, que corren entre el
Canal del Oeste (hoy Barrio COVSE) y el Cerro La Angostura.

Se trata de un solo terreno en el que hacia el Este, dentro de su
perímetro, se encuentran instaladas distintas dependencias de la
Universidad Nacional de Cuyo, entre las cuales se pueden mencionar la
Facultad de Derecho, la Facultad de Artes, las Residencias Universitarias
y el Comedor Universitario. El problema se plantea en la proyección del
mismo terreno hacia el Oeste (lo que pretende adquirir Vila), que se puede
apreciar en el plano adjunto.

Los terrenos pretendidos por Vila están afectados al dominio público para
servicios educativos y en consecuencia no pueden ser adquiridos por
prescripción. Los principios que regulan el dominio público, son que es
único, de uso común, excepcional, inembargable, inalienable e
imprescriptible.

Por este motivo la pretensión es improcedente y carente de todo sustento
legal.

La Universidad Nacional de Cuyo ha defendido estos principios con todos lo
argumentos legales a su favor.

El Consejo Interuniversitario Nacional, integrado por los rectores de
todas las universidades públicas, comparte la posición de esta Casa de
Estudios y ha dictado el Acuerdo Plenario Nº 691/09, que fue ampliamente
difundido a través de una solicitada publicada en medios locales y
nacionales.

Lo público es de todos, y debemos defendernos de cualquier avasallamiento
que sobreponga el interés individual al general.

Tomemos conciencia de la importancia de defender lo nuestro. La
Universidad Nacional de Cuyo lo hace con todos los medios a su alcance, en
el límite de su derecho y con la legitimación de sus fines.

EN DEFENSA DE LO PÚBLICO
El Consejo Interuniversitario Nacional entiende oportuno reflexionar sobre
el indelegable deber que le compete en defensa de los bienes públicos del
Estado.

Como representantes de las Universidades públicas integrantes del CIN
sentimos la responsabilidad de advertir sobre cualquier pretensión de
avasallamiento del patrimonio de todos, en beneficio del interés de
algunos.

Cabe esta afirmación toda vez que peligran terrenos de la Nación afectados
al dominio público para servicios educativos que pretenden ser adquiridos
mediante prescripción por parte de un particular.

Si bien es cierto que el Estado está sometido a las mismas disposiciones
que los particulares en cuanto a sus bienes de dominio privado, y por lo
tanto puede disponer de ellos y a su vez puede ser discutida su
titularidad por cualquier interesado que pretendiera usucapirlos; no
sucede lo mismo con los bienes de dominio público del Estado, dado que
éstos responden a
la característica de ser únicos, de uso común, excepcionales, de
interpretación estricta, inembargables, inalienables e imprescriptibles.

Nuestras Universidades son personas jurídicas de derecho público, y su
misión es satisfacer uno de los fines esenciales del Estado cual es el de
la Educación Superior, entendida como servicio público y concebida desde
la pertinencia, la calidad, la inclusión, los procesos de evaluación y de
mejora continua.

La Universidad Argentina responde al pleno desarrollo del ser humano en su
dimensión social, y por lo tanto se encuentra comprometida con la realidad
en la que actúa para transformarla y superarla.

Nos preguntamos entonces si dentro de esos parámetros se puede permitir
que uno de los ejes fundamentales del desarrollo institucional de una
Universidad Pública como es el uso de sus propios terrenos, se vea
afectado por prescripción de un particular.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación debe resolver un caso donde esos
valores están en juego.

Se encuentran en litigio 32 hectáreas -que forman parte de una superficie
mayor perteneciente a la Universidad Nacional de Cuyo- destinadas a la
ampliación de su campus universitario y que intentan ser prescriptas a
favor de un particular.

Debemos reflexionar entonces sobre la vigencia de los principios que
orientan a la defensa del patrimonio público, de los bienes sociales y de
la prevalencia del interés general por sobre el particular.

Desde lo jurídico sería fácil sostener que no puede prescribir el dominio
de las cosas que no están en el comercio, como las afectadas al uso
público -en el caso que nos ocupa al uso público educativo- pero nuestra
intención es trascender un litigio de partes y expresar a la opinión
pública que en una época de incertidumbres como las que nos toca vivir.

Las únicas certezas nos las deben otorgar las instituciones.

Es deber de las instituciones defender los bienes públicos del Estado y el
bienestar general en todas sus dimensiones, y debemos entonces reivindicar
esa defensa desde la conciencia crítica que nos impone el desarrollo de
nuestra cultura.


Consejo Interuniversitario Nacional
Buenos Aires, 17 de marzo de 2009


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